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Este Cmap, tiene información relacionada con: Procedimiento_ordinario,_monitorio_y_cambiario (pedro), JUICIO CAMBIARIO (ART 812 A 818 LEC) procede cuando Se pretenda de otro el pago de una deuda dineraria, vencida y exigible, de cantidad determinada que no exceda de 5 millones de pesetas (30.050,61 euros), En función de la cuantía (en defecto) debe ser Demandas cuya cuantía no exceda de 3.000 euros, JUICIO VERBAL Corresponderá: - Demandas relativas a las materias contenidas en el artículo 250 LEC. - Demandas cuya cuantía no supere los 3.000 euros. - Siempre que no sea adecuado el juicio ordinario., 1. Fase escrita de demanda 2. Fase oral (vista) 3. Fase escrita decisoria Estructura ("esqueleto") Demanda, JUICIO MONITORIO (ART. 819 A 827 LEC) competencia Juzgado de Primera Instancia, JUICIO ORDINARIO Criterio de determinación En función de la cuantía (en defecto), Por parte del acreedor si deduor no comparece El Tribunal dictará auto en el que despachará ejecución por la cantidad adeudada., JUICIO VERBAL Criterio de determinación En función de la cuantía (en defecto), JUICIO SS SENTENCIA, JUICIO ORDINARIO Fases del procedimiento 1. Fase de alegaciones 2. Fase oral preliminar (audiencia) 3. Fase oral probatoria (juicio) 5. Fase escrita decisoria, JUICIO VERBAL Se caracteriza por una Tramitación presidida por el principio de sumariedad, Demanda ???? JUICIO, PROCESO DECLARATIVO ORDINARIO art. 248 LEC Toda contienda judicial entre partes que no tenga señalada por la ley otra tramitación será ventilada y decidida en el proceso declarativo que corresponda., Ordenamiento del embargo preventivo de bienes del deudor conforme -La cantidad que figure en el título ejecutivo. - Intereses de demora. - Gastos y costas, Oposición cambiaria a falta de oposición Se despachará ejecución por las cantidades reclamadas, JUICIO (Práctica de la prueba) 2O DIAS Diligencias finales en en casos excepcionales, Demanda acompañada del título cambiario con la conformidad del Tribunal se adoptan las siguientes medidas Ordenamiento del embargo preventivo de bienes del deudor, - Cualquier tipo de documentos firmados por el deudor. - Facturas, albaranes de entrega, certificaciones, etc u otros documentos que son los que habitualmente documentan los créditos. además - Cuando junto al documento que conste la deuda se aportan documentos comerciales. - Cuando la deuda se acredite mediante certificaciones de impago., JUICIO ORDINARIO Corresponderá: - Demandas relativas a las materias contenidas en el artículo 149.1 LEC. - Demandas para las que la ley prevea expresamente este procedimiento (tengan la cuantía que tengan). - Demandas cuya cuantía supere los 3.000 euros., El Tribunal dictará auto en el que despachará ejecución por la cantidad adeudada. contra la sentencia cabe oposición