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Este Cmap, tiene información relacionada con: Airlines Rebientaprecios, LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN USA se caracteriza por: -Prohibición de Acuerdos -Prohibición de monopolio y de tentativa de éste -Control de concentraciones -Modelo jurisdiccional:ilícito penal, normativa penal -Añadir al derecho de competir, la obligación de competir, LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN LA UE: Arts. 101 a 109 TFUE y Reglamento núm. 1/2003 se caracteriza por: -Prohibición de acuerdos -Prohibición de abuso de posición de dominio -Control de concentraciones -Infracciones administrativas -Elasticidad del modelo normativo: Excepciones -Autoridades de la competencia: Comisión, Tribunal de Justicia de primera instancia y TJCE, LA LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA legislación "antitrust":origen americano LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN LA UE: Arts. 101 a 109 TFUE y Reglamento núm. 1/2003, -"Acuerdos entre caballeros" -Decisión de una Asociación -Acuerdo -Recomendación importancia de un planteamiento poco formalista -"Práctica concertada o conscientemente paralela": Art. 1.1. LDC y art. 101.1 TFUE, PRINCIPIO GENERAL PROHIBITIVO DE LAS COLUSIONES ENTRE EMPRESAS: Art. 1.1 LDC y art. 101.1 TFUE existen modalidades de exención a la prohibición de las colusiones: -Exceptuación legal a la prohibición de las colusiones y de los abusos de posición de dominio: Art. 4 LDC -Exenciones a la prohibición por la autorización de colusiones: Art. 1.3 LDC y art. 101.3 TFUE. Operan automáticamente., LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN USA tiene influencia y se instaura en la: LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN LA UE: Arts. 101 a 109 TFUE y Reglamento núm. 1/2003, LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN ESPAÑA: LDC, 2007 y Reglamento de Defensa de la Competencia se caracteriza por: -Las Autoridades de la Competencia son: CNC, Audiencia Nacional, Tribunal Supremo y las Autoridades Autonómicas de la Competencia: Tribunal Superior de Justicia -Su regulación normativa es coincidente con la comunitaria -Se diferencia de la regulación comunitaria en el tratamiento de las concentraciones y sobretodo en las ayudas públicas, Estructura de mercado puede ser: -Oligopolio -Monopolio -Competencia perfecta -Competencia monopolística, LA LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA legislación "antitrust":origen americano LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN USA, -Que exista un concierto de voluntades o un entendimiento que pueda afectar a la actividad de dos o más empresas. -Que ese entendimiento pueda producir o produzca el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia. métodos de prueba: -Indicios -Presunciones, PRINCIPIO GENERAL PROHIBITIVO DE LAS COLUSIONES ENTRE EMPRESAS: Art. 1.1 LDC y art. 101.1 TFUE modalidades a través de las cuales puede tener lugar el concierto de voluntades: -"Acuerdos entre caballeros" -Decisión de una Asociación -Acuerdo -Recomendación, LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN LA UE: Arts. 101 a 109 TFUE y Reglamento núm. 1/2003 se establece un: PRINCIPIO GENERAL PROHIBITIVO DE LAS COLUSIONES ENTRE EMPRESAS: Art. 1.1 LDC y art. 101.1 TFUE, PRINCIPIO GENERAL PROHIBITIVO DE LAS COLUSIONES ENTRE EMPRESAS: Art. 1.1 LDC y art. 101.1 TFUE existen unos supuestos más importantes de colusiones:Art. 1.1 LDC y 101.1 TFUE a)La fijación, de forma directa o indirecta de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio. b)La limitación o el control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones. c)El reparto del mercado o las fuentes de aprovisionamiento. d)La aplicación a terceros contratantes de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, ocasionándoles con ello una desventaja competitiva frente a otros competidores., LA LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA para su aplicación: Determinación del mercado relevante, LA LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA para su aplicación: Estructura de mercado, -Prohibición de acuerdos -Prohibición de abuso de posición de dominio -Control de concentraciones -Infracciones administrativas -Elasticidad del modelo normativo: Excepciones -Autoridades de la competencia: Comisión, Tribunal de Justicia de primera instancia y TJCE rige simultáneamente: Directa aplicación LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN ESPAÑA: LDC, 2007 y Reglamento de Defensa de la Competencia, LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN ESPAÑA: LDC, 2007 y Reglamento de Defensa de la Competencia se establece un: PRINCIPIO GENERAL PROHIBITIVO DE LAS COLUSIONES ENTRE EMPRESAS: Art. 1.1 LDC y art. 101.1 TFUE, PRINCIPIO GENERAL PROHIBITIVO DE LAS COLUSIONES ENTRE EMPRESAS: Art. 1.1 LDC y art. 101.1 TFUE los requisitos son: -Que exista un concierto de voluntades o un entendimiento que pueda afectar a la actividad de dos o más empresas. -Que ese entendimiento pueda producir o produzca el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia., Determinación del mercado relevante tres criterios: -Geográfico -Temporal -Objetivo