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Este Cmap, tiene información relacionada con: Escenario1, Mercantil II, S. DE PERSONAS Concepto Las aportaciones de los socios pueden ser dinerarias o no dinerarias (derechos de contenido económico, bienes, industria o trabajo). El patrimonio de los socios y el de la sociedad están separados, aunque se pueden unir cuando hay deudas sociales,los acreedores pueden dirigirse al patrimonio de los socios., S. DE CAPITAL Concepto el capital está dividido en acciones o participaciones, la aportaciones de los socios pueden ser dinerarias o no dinerarias (derechos de contenido económico, bienes). El patrimonio de los socios y de la sociedad están separados. La responsabilidad de la sociedad es ilimitada pero la responsabilidad de los socios es limitada, si no hay suficiente para pagar las deudas sociales con el capital de la sociedad, los acreedores no pueden ir contra los socios., SOCIEDADES CUENTAS DE PARTICIPACION El participante tiene derecho a las ganancias en la proporcion pactada, pero tambien participara en las perdidas en la medida de lo acordado. El empresario o gestor es el unico que tiene facultades de administracion, es parecida a la sociedad comanditaria simple. Los acreedores del gestor o empresario unicamente pueden ir contra él, nunca contra el cuenta participe., 1.Datos de los otorgantes 2.Voluntad de estos de crear la sociedad 3.Aportaciones que cada uno realizará 4-Número y numeración de acciones recibidas a cambio 5.estatutos sociales PACTOS PARASOCIALES Son pactos privados Del artículo 1.255 del Código Civil, se utilizan para regular todos los aspectos que la propia sociedad y sus partícipes. Al tratarse de pactos privados suscritos entre los socios tienen fuerza de ley entre las partes, por lo que despliegan su eficacia únicamente frente a los socios que los han suscrito, y en consecuencia, no vinculan a los socios futuros, a la sociedad ni a terceros, SOCIEDADES TIPOS S. DE PERSONAS, 1.Datos de los otorgantes 2.Voluntad de estos de crear la sociedad 3.Aportaciones que cada uno realizará 4-Número y numeración de acciones recibidas a cambio 5.estatutos sociales contenido minimo (art. 23 LSC) 1. La denominación de la sociedad. 2. El objeto social. 3. El domicilio social 4. El capital social, 5. número de acciones en que se divide el capital social 6. valor nominal 7. clase y serie de acciones 8. estructura del órgano de representacion 9. número de administradores 10.restricciones a la libre transmisibilidad de las acciones 11.régimen de las prestaciones accesorias, Las aportaciones de los socios pueden ser dinerarias o no dinerarias (derechos de contenido económico, bienes, industria o trabajo). El patrimonio de los socios y el de la sociedad están separados, aunque se pueden unir cuando hay deudas sociales,los acreedores pueden dirigirse al patrimonio de los socios. Tipos 1. Sociedad colectiva: los socios, que intervienen directamente en la gestión social, responden personalmente de las deudas sociales, su responsabilidad, la de los socios, es ilimitada y solidaria, si bien de segundo grado con relación a la sociedad. 2. Sociedad comanditaria simple: tiene unos socios colectivos, que responden de manera ilimitada y solidaria, y otros socios comanditarios que no intervienen en la gestión social y no responden con más de lo que se comprometieron a aportar a la sociedad, su responsabilidad es limitada. 3. Sociedad civil: no tiene una finalidad economica, sino que es civil no tienen condicion de empresario., SOCIEDADES CONSTITUCION Sociedad en constitución:(art. 36 a 38 LSC) tiene una cierta personificación, forma su patrimonio y responde bajo un régimen especial de su actuación, sólo con la inscripción de la escritura en el RM adquiere su personalidad jurídica como sociedad se les aplica de lleno el régimen de estas sociedades, 1. La denominación de la sociedad. 2. El objeto social. 3. El domicilio social 4. El capital social, 5. número de acciones en que se divide el capital social 6. valor nominal 7. clase y serie de acciones 8. estructura del órgano de representacion 9. número de administradores 10.restricciones a la libre transmisibilidad de las acciones 11.régimen de las prestaciones accesorias Concepto La norma básica que ha de regir el funcionamiento de la sociedad, SOCIEDADES TIPOS S. DE CAPITAL, el capital está dividido en acciones o participaciones, la aportaciones de los socios pueden ser dinerarias o no dinerarias (derechos de contenido económico, bienes). El patrimonio de los socios y de la sociedad están separados. La responsabilidad de la sociedad es ilimitada pero la responsabilidad de los socios es limitada, si no hay suficiente para pagar las deudas sociales con el capital de la sociedad, los acreedores no pueden ir contra los socios. Tipos 1. Sociedad anónima: Capital dividido en acciones el cual se integra por las aportaciones de los socios. Los socios no responden de las deudas contraídas por la sociedad ni por el hecho de ser socio se tiene derecho a la gestión, dirección o administración. El capital mínimo para la constituciónes de 60.000 euros. 2. Sociedad de responsabilidad limitada: Capital dividido en participaciones sociales el cualse integra por las aportaciones realizadas por los socios. Los socios no tienen derecho a intervenir en la gestión, dirección y administración de la sociedad. 3. Sociedad comandataria por acciones: Capital dividido en acciones. Los socios si que responden antes las deudas de la sociedad pero sólo el socio colectivo., SOCIEDADES CONSTITUCION 1.Consultar al RMC si ya esta inscrita otra sociedad o entidad, con el mismo nombre que queremos poner. 2. Solicitud del CIF 3. Redactar el contrato de sociedad que ha sido otorgado por escritura publica 4. pago del Impuesto de actos juridicos documentales y transmisiones patri- moniales., 1.Consultar al RMC si ya esta inscrita otra sociedad o entidad, con el mismo nombre que queremos poner. 2. Solicitud del CIF 3. Redactar el contrato de sociedad que ha sido otorgado por escritura publica 4. pago del Impuesto de actos juridicos documentales y transmisiones patri- moniales. contenido minimo (art. 22 LSC) 1.Datos de los otorgantes 2.Voluntad de estos de crear la sociedad 3.Aportaciones que cada uno realizará 4-Número y numeración de acciones recibidas a cambio 5.estatutos sociales, SOCIEDADES CONSTITUCION Sociedad irregular: (art.39 y 40 LSC) se les aplica el régimen propio de las sociedades colectivas cuando su objeto sea mercantil. los socios no han completado el proceso funcional en el tiempo y forma que la ley ha previsto no han cumplido las formalidades precisas para su constitución