WARNING:
JavaScript is turned OFF. None of the links on this concept map will
work until it is reactivated.
If you need help turning JavaScript On, click here.
Este Cmap, tiene información relacionada con: Mercantil II - Caso 3, 1. Presentación de documentos rigen dos principios Pprincipio de titularidad pública: solo tienen acceso al Registro los documentos públicos, Presunción de que aquello que está inscrito es conocido por los terceros. (Los datos no inscritos no se pueden oponer a los terceros) ???? Por tanto, el Registro es público, Registro Mercantil finalidad principal Dar publicidad de determinados actos o situaciones jurídicas relacionadas con los empresarios, Actos inscribibles según el tipo de sujeto que inscribe Art. 22. Código de Comercio, Art. 22. Código de Comercio ???? 2. Sociedades mercantiles y demás entidades a que se refiere el artículo 16 se inscribirán: -el acto constitutivo y sus modificaciones -la rescisión, disolución, reactivación, transformación, fusión o escisión de la entidad -la creación de sucursales -el nombramiento y cese de administradores, liquidadores y auditores -los poderes generales -la emisión de obligaciones u otros valores negociables de conformidad con la ley -y cualesquiera otras circunstancias que determinen las leyes o el Reglamento., Art. 22. Código de Comercio ???? 3. A las sucursales se abrirá, además, hoja propia en el Registro de la provincia en que se hallen establecidas, en la forma y con el contenido y los efectos que reglamentariamente se determinen., Registro Mercantil dualidad de instituciones de publicidad Los Registros Mercantiles territoriales; Establecidos en cada capital de provincia, en Santiago de Compostela, en Ceuta y Melilla y en una serie de islas., 1. Presentación de documentos rigen dos principios Principio de rogación: las inscripciones en el RM solo se hacen a instancia de persona legitimada, Las inscripciones se practican en asientos medios para la publicidad de los asientos registrales Certificaciones: que acreditan el contenido del asiento, a diferencia de las copias, Desde la publicación del acto inscrito en el BORM ???? Pero lo oponible no es lo que hay en el BORM, sino lo que hay en los registros territoriales, Negativa en este caso, hay dos opciones para el interesado Solicitar que otro Registrador califique los documentos, Positiva en cuyo caso ha de remitir al Registro central los asientos, que se tendrán que publicar en el BORM, Sujetos inscribibles ???? Art. 16.1. Código de Comercio: El Registro Mercantil tiene por objeto la inscripción de: -Los empresarios individuales. -Las sociedades mercantiles. -Las entidades de crédito y de seguros, así como las sociedades de garantía recíproca. -Las instituciones de inversión colectiva y los fondos de pensiones. -Cualesquiera personas, naturales o jurídicas, cuando así lo disponga la Ley. -Las agrupaciones de interés económico. -Las Sociedades Civiles Profesionales, constituidas con los requisitos establecidos en la legislación específica de Sociedades Profesionales. -Los actos y contratos que establezca la Ley., Las inscripciones se practican en asientos los actos inscritos se presumen Exactos y válidos, Las inscripciones posteriores son Actos que afectan a ese empresario, Las inscripciones se practican en asientos Tipos de inscripciones La inscripción primera, Registro Mercantil Es un registro de personas No ya de aeronaves y buques (como con el anterior Código de Comercio). Se utiliza el sistema de hoja personal; De manera que cuando una persona hace la primera inscripción, se abre una hoja en el Registro en la que se incluirán todas las inscripciones posteriores relativas a esa persona., Art. 22. Código de Comercio ???? 1. Empresario individual: -datos identificativos -nombre comercial y rótulo de su establecimiento, la sede de éste y de las sucursales, si las tuviere -el objeto de su empresa -la fecha de comienzo de las operaciones -los poderes generales que otorgue -el consentimiento, la oposición y la revocación a que se refieren los artículos 6, 7, 8, 9 a 10 -las capitulaciones matrimoniales así como las sentencias firmes en materia de nulidad, de separación y de divorcio -y los demás extremos que establezcan las leyes o el Reglamento., Negativa en este caso, hay dos opciones para el interesado Iinterponer un recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariad, Esto es, examen de la legalidad de los documentos por el Registrador y tiene 15 días desde la presentación para -Extender -Suspender -O denegar el asiento solicitado