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Este Cmap, tiene información relacionada con: escenario 1, mercantil3, Se regirá y será interpretado conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual, así como por las disposiciones que lo desarrollan obligaciones cesionario Art.78 LPI, Seguros contra daños Objeto asegurado Es la cosa, el derecho, el patrimonio que soportan directamente un siniestro, Definido en el art.22 de la Ley General de Publicidad, aunque no regulado por la misma pues remite su rergulación a los contratos de difusión publicitaria ???? El contrato de patrocinio publicitario se regirá por las normas del contrato de difusión publicitaria en cuanto le sean aplicables. Art 22 LGP, CONTRATO DE PATROCINIO ???? Definido en el art.22 de la Ley General de Publicidad, aunque no regulado por la misma pues remite su rergulación a los contratos de difusión publicitaria, CONTRATO DE PATROCINIO concepto Es aquel por el que el patrocinado, a cambio de una ayuda económica para la realización de su actividad deportiva, benéfica, cultural, científica o de otra índole se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinador, Seguros contra daños interés asegurable Es la relación pecuniariamente valorable que liga a una persona con la cosa derecho o patrimonio. Se convierte en interés asegurado cuando su titular o un tercero por cuenta de aquél lo protege estipulando el contrato de seguro., Aquél por el que el asegurador se obliga a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado obligación del asegurador Se obliga a indemnizar dentro de los límites de la póliza al tercero que sufrió los daños. Asume la defensa jurídica del asegurado y soporta los costes y gastos judiciales., -Se configuran como contratos de indemnización ???? El asegurador se compromete a indemnizar al asegurado si a consecuencia de un siniestro previsto en la póliza sufre un daños en el interés que posee en mantener indemne una cosa o varias cosas, derechos o su entero patrimonio., Seguros contra daños SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL Aquél por el que el asegurador se obliga a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado, Seguros contra daños SEGURO DE INCENDIOS El asegurador se obliga dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado., Contrato de cesión de derechos de autor Regulación Se regirá y será interpretado conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual, así como por las disposiciones que lo desarrollan, Se regirá y será interpretado conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual, así como por las disposiciones que lo desarrollan Concepto El autor o sus derechohabientes ceden a una persona natural o jurídica el derecho de representar o de ejecutar públicamente una obra literária, dramática, musical, dramatico-musical, pantomímica o coreógrafica mediante compensación económica. El cesionario se obliga a llevar a cabo la comunicación pública de la obra en las condiciones convenidas y con sujeción a lo dispuesto en la LPI., Seguros contra daños suma asegurada Cifra que el asegurador y el asegurado consignan en la póliza con doble finalidad; 1-Fijar el importe máximo de la indemnización que debe pagar 2- Servir de base para el cálculo de la prima que debe pagar el asegurado., Aquél por el que el asegurador se obliga a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado Posibilidad de acción directa Tercer perjudicado o herederos para reclamar del asegurador el pago de la indemnización. Sin perjuicio del derecho del asegurador a repetir contra el asegurado si el daño se causó por su conducta dolosa., Contrato de cesión de derechos de autor Modalidades y duración máxima del contrato Las partes podrán contratar la cesión por plazo cierto o por número determinado de comunicaciones al público. En todo caso la duración de la cesión en exclusiva no podrá exceder de 5 años., El asegurador se compromete a indemnizar al asegurado si a consecuencia de un siniestro previsto en la póliza sufre un daños en el interés que posee en mantener indemne una cosa o varias cosas, derechos o su entero patrimonio. principio imperativo de indemnización El asegurado no puede percibir una indemnización superior al daño efectivamente producido por el siniestro, es decir no puede ser una fuente de lucro. Los seguros contra daños son de estricta indemnización o de concreto cobertura de la necesidad ue provoca el siniestro., El asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato a indemnizar al asegurado la pérdida del rendimiento económico que hubiera podido alcanzarse en un acto o actividad de no haberse producido el siniestro descrito en el contrato. En defecto de pacto expreso El asegurador deberá indemnizar: -La peérdida de beneficios que produzca el siniestro durante el periodo previsto en la póliza -Los gastos generales que continúan gravando al asegurado después de la producción del siniestro -Los gastos que sean consecuencia directa del siniestro asegurado, El asegurador se obliga dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado. Cobertura La cobertura se extenderá a los objetos descritos en la póliza. Salvo pacto expreso en contrario no uedarán comprendidos en la cobertura los daños que cause el incendio en los valores mobiliarios públicos o privados, efectos de comercio, billetes de Banco, piedras y metales preciosos, objetos artísticos o cualesuiera otros objetos de valor que se hallaren en el objeto asegurado, aun cuando se pruebe su preexistencia y su destrucción o deterioro por el siniestro., PATROCINADOR: Generalmente se trata de una persona jurídica que persigue fines comerciales, aunque bien puede tratarse de una persona física que persiga o no objetivos comerciales y/o publicitarios. PATROCINADO:Puede tratarse de un artísta, deportista individual ,un equipo deportivo, orquestra, grupo musical, una competición deportiva o cultural así como un museo o un evento concreto. COPATROCINIO Participación de varios patrocinadores en una misma relación con un patrocinado., El contrato de seguro contenido mínimo de la póliza. art 8 LCS -Nombres y apellidos de las partes contratantes y su domicilio así como la designación del asegurado y beneficiario en su caso -Concepto en el cual se asegura -Naturaleza del riesgo cubierto -designación de los objetos asegurados y su situación -Importe de la prima, recargos e impuestos -Duración del contrato -Si interviene un mediador en el contrato, el nombre y tipo de mediador