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Este Cmap, tiene información relacionada con: Mapa Conceptual 9, DIFERENCIAS CONSEJERO - DIRECTIVO aspectos NOMBRAMIENTO, A LAS PRIMERAS DE CAMBIO Aspectos DIFERENCIAS CONSEJERO - DIRECTIVO, REPRESENTACIÓN ORGÁNICA. 2 Compromete a la sociedad en toda su actuación como tal, sin perjuicio de las acciones de repetición internas., NATURALEZA según DIRECTIVO, CÓDIGOS DE BUENA CONDUCTA definición Son diferentes reglas que tratan sobre numerosas cuestiones atinentes a la estructura y funcionamiento del consejo de administración., REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA 2 Sólo tiene la capacidad de obligar a la sociedad en el ámbito que determine el poder, CONSEJERO por DECISIÓN JUNTA GENERAL, DEBER DE DILIGENCIA O CUIDADO _ Exige que la labor de administración se desempeñe con dedicación y de manera eficiente., A LAS PRIMERAS DE CAMBIO Aspectos CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, DEBER DE LEALTAD _ Obliga a los administradores a actuar en todo momento en interés de los accionistas y no en interés propio. Algunas de las principales manifestaciones de este deber de lealtad, como el aprovechamiento de oportunidades de negocio de la sociedad, la realización de operaciones vinculadas con ésta, o las situaciones de conflicto de interés, se regulan expresamente por los artículos 227 y ss. LSC., ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO características En la sociedad anónima, el consejo es de constitución obligatoria siempre que la administración de la sociedad se confíe de forma mancomunada a más de 2 personas (art. 210.2 ).LSC, Son diferentes reglas que tratan sobre numerosas cuestiones atinentes a la estructura y funcionamiento del consejo de administración. fuerza normativa Se formulan como simples recomendaciones de carácter voluntario y carentes de eficacia jurídica vinculante (soft law), Los socios que representen un mínimo del 5% del capital social pueden entablar por sí mismos la acción social de responsabilidad cuando no lo haga la propia sociedad subsidiaria Administradores concursales (art. 48.2 LC), NATURALEZA según CONSEJERO, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO características SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: Se limita el número máximo de consejeros a 12 (art. 242.2 LSC)., CÓDIGOS DE BUENA CONDUCTA ejemplos Designación y cese de consejeros., NOMBRAMIENTO según CONSEJERO, CONSEJERO por ESTABLECIDA EN ESTATUTOS, DIFERENCIAS CONSEJERO - DIRECTIVO aspectos RETRIBUCIÓN, ACCIÓN SOCIAL legitimación Principal: Junta general.