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Este Cmap, tiene información relacionada con: Ley Zona Marítimo Terrestre-Paola, LEY DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE Disposiciones especiales Legislcación especial, Demarcatoria de Zona Pública por el IGN Requiere Anuencia municipal y decaratoria turística., Proceso aprobado por la municipalidad de la zona Extinción Vencimiento del plazo, LEY DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE Definición Franja de 200 metros de ancho alrededor de los litorales Atlántico y Pacífico, desde la pleamar ordinaria Art. 9 LZMT y art 2 del Reglamento, Municipalidad de la zona, particular contratado para ello, INVU Fases: Aprobación municipal., Concesión en ZMT: Otorgamiento por parte de autoridad competente, para el disfrute y aprovechamiento de la ZMT de dominio público. Acto motivado Al torgar un Derecho Real Administrativo, Zona Restringida: Franja de 150 metros restantes o por los demás terrenos en casos de islas. Artículo 39 LZMT Puede darse en concesión, salvo dispocisiones especiales de ley., Puede darse en concesión, salvo dispocisiones especiales de ley. Artículo 47 LZMT No se otorgará a: - Extranjeros que no hayan residido en el país por más de 5 años. - S.A con acciones al portador. - S.A o entidades domiciliadas en el exterior. - Entidades constituidas por extranjeros. - Entidades cuyo capital correspona a extranjeros en más de un 50% del total., Puede darse en concesión, salvo dispocisiones especiales de ley. Artículo 2, inciso j) Reglamento a la LZMT Concesión en ZMT: Otorgamiento por parte de autoridad competente, para el disfrute y aprovechamiento de la ZMT de dominio público., Legislcación especial Capítulo IX LZMT Casos Especiales. Golfo de Papagayo: Queda bajo administración directa del ICT., LEY DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE Secciones artículo 10 LZMT Zona Pública: Franja de 50 metros de ancho a partir de la pleamar oridnaria, más áreas que quedan al descubierto en marea baja., Municipalidad de la zona, particular contratado para ello, INVU Fases: Publicación en La Gaceta., LEY DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE Condominio en ZMT Proceso aprobado por la municipalidad de la zona, Municipalidad de la zona, particular contratado para ello, INVU Fases: Audiencia Pública, Demarcatoria de Zona Pública por el IGN Elaborador por Municipalidad de la zona, particular contratado para ello, INVU, Legislcación especial Capítulo IX LZMT Casos Especiales. Mata Limón / Puerto Caldera., Zona Pública: Franja de 50 metros de ancho a partir de la pleamar oridnaria, más áreas que quedan al descubierto en marea baja. Artículo 20 LZMT No puede ser sujeto de ocupación, Proceso aprobado por la municipalidad de la zona Extinción Cancelación de la concesión, Franja de 200 metros de ancho alrededor de los litorales Atlántico y Pacífico, desde la pleamar ordinaria Art. 9 LZMT y art 2 del Reglamento Incluye Islas, islotes y peñascos marítimos, Areas excluidas Artículo 73 LZMT Parques NAcionales y Reservas