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Este Cmap, tiene información relacionada con: escenari 3, PUBLICIDAD acciones contra la publicidad ílicita frente a la publicidad ílicta por utilizar de forma descriminatoria o vejatoria a la mujer están legitimados para el ejercicio de las acciones previstas en el artículo 32.1.1º a 4º de la LCD, COMPETENCIA DESLEAL ???? las establecidas con carácter general general para las acciones derivadas de la competencia desleal (ley 31/1991), Publicidad ilícita artículo 3 LGP se considera ílicita publicidad subliminal (art 4 LGPub), Publicidad ilícita artículo 3 LGP se considera ílicita publicidad dirigida a menores que le inciten a comprar a la compra de un bien o servicio explotando su inexperiencia o credulidad o en la que aparezcan persuadiendo de la compra a padre o tutores. No se podrá poner al menor en situación de peligro ni inducirlos a error sobre las características de los productos, COMPETENCIA DESLEAL son supuestos de hecho de la CD relacionado con la publicidad ílicita actos de imitación: artículo 11 LCD: se puede imitar si la prestación no esta protegida por un derecho exclusivo. Será desleal cuando cree confusión entre la clientela y a la imitadora se la asocia con la marca imitada o se aproveche de la reputación ajena, publicidad comparativa ( art 10 LCD y 6c LGPub): el empresario anunciante compara su oferta con la de uno o varios competidores, identificados y inequivocamente identificables con el fin de destacar las ventajas de sus propios productos o servicios frente a los ajenos. es ilícita cuando no se apoye en caracteristicas esenciales, afines y objetivas demostrables o cuando se contrapongan bienes o servicios con otros no similares o desconocidos o de limitada participación en el mercado, PUBLICIDAD límites de la publicidad Publicidad ilícita artículo 3 LGP, PUBLICIDAD la publicidad ílicita es un acto de COMPETENCIA DESLEAL, COMPETENCIA DESLEAL acciones que se pueden interponer contra la publicidad ílicita ( art 32 LCD) declarativa de deslealtad, PUBLICIDAD acciones contra la publicidad ílicita las establecidas con carácter general general para las acciones derivadas de la competencia desleal (ley 31/1991), COMPETENCIA DESLEAL son supuestos de hecho de la CD relacionado con la publicidad ílicita actos de engaño art 7 LCD y 4-5 LGPub: perjudican a todos los que participan en el mercado porque provoca una decisión de la clientela que no esta basada en las prestaciones que realmente se ofrecen sino en una presentación que induce error. basta con que pueda afectar al comportamiento económico de los destinatarios o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor, COMPETENCIA DESLEAL son supuestos de hecho de la CD relacionado con la publicidad ílicita aprovecharse de la reputación ajena: art 12 LCD un competidor trata de aprovecharse del esfuerzo y prestigio (industrial, comercial o profesional) de otro participante en el mercado. La explotación de la reputación ajena se produce casos de confusión o riesgo de asociación., Ley de consumidores y usuarios derechos deben tener información veraz sobre el producto, sino es así pueden poner acciones de cesacion o rectificación, frente a la publicidad ílicta por utilizar de forma descriminatoria o vejatoria a la mujer están legitimados para el ejercicio de las acciones previstas en el artículo 32.1.1º a 4º de la LCD ???? asociaciones legalmente constituidas que tengan como objetivo único la defensa de los intereses de la mujer y no incluyan como asociados a personas jurídicas con ánimo de lucro, Publicidad ilícita artículo 3 LGP se considera ílicita publicidad engañosa, desleal y agresiva que tendrán el cáracter de actos decompetencia desleal en los términos contemplados en la LCD, publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derecho reconocidos en los artículos 14-18-20 de la CE especial consideración a Las mujeres: anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria utilitzando su cuerpo o parte del mismo como mero objecto desvinvulado del producto que se pretende promocionar., Publicidad ilícita artículo 3 LGP se considera ílicita publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derecho reconocidos en los artículos 14-18-20 de la CE, frente a la publicidad ílicta por utilizar de forma descriminatoria o vejatoria a la mujer están legitimados para el ejercicio de las acciones previstas en el artículo 32.1.1º a 4º de la LCD ???? la delegación del Gobierno para la violencia de Género, ANUNCIOS PUBLICITARIOS ATRAEN A LOS CLIENTES deben hacerlo sin engañarlos sino tienen derechos Ley de consumidores y usuarios, PUBLICIDAD tipos de publicidad publicidad comparativa ( art 10 LCD y 6c LGPub): el empresario anunciante compara su oferta con la de uno o varios competidores, identificados y inequivocamente identificables con el fin de destacar las ventajas de sus propios productos o servicios frente a los ajenos.