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Este Cmap, tiene información relacionada con: 2- comencem a rutllar, S.L No obligatorio informe Debido a que son pocos socios y el coste es elevado. art 73 LSC. Habrá responsabilidad solidaria en caso de que la valoración no sea adecuada., CAPITAL SOCIAL No integra Capital Social PRESTACIONES ACCESORIAS, CAPITAL SOCIAL Es Cifra contable que figura en el balance, ha de coincidir con el valor de las aportaciones realizadas por los socios. coincidirá con el valor nominal de las acciones de la sociedad., Bienes muebles, inmuebles, valores negociables, materias primas, maquinaria, patentes,marcas, know-how, créditos contra terceros y todo lo valorable en cantidad determinada. Nunca aportación de trabajo. Valoración S.L, Reguladas en el art 86 LSC y en el art 127 Reglamento del Regstro mercantil. Son de carácter potestativo, voluntarias y accesorias. Deben regularse en los estatutos. Pueden ser obligaciones de dar, hacer o no hacer. Pueden ser Retribuidas, Bienes muebles, inmuebles, valores negociables, materias primas, maquinaria, patentes,marcas, know-how, créditos contra terceros y todo lo valorable en cantidad determinada. Nunca aportación de trabajo. Valoración S.A, PRESTACIONES ACCESORIAS Son Reguladas en el art 86 LSC y en el art 127 Reglamento del Regstro mercantil. Son de carácter potestativo, voluntarias y accesorias. Deben regularse en los estatutos. Pueden ser obligaciones de dar, hacer o no hacer., APORTACIONES DE LOS SOCIOS Pueden ser DINERARIAS, CAPITAL SOCIAL Regulado Art 36 C. Comercio Art 273.2 LSC, NO DINERARIAS Son Bienes muebles, inmuebles, valores negociables, materias primas, maquinaria, patentes,marcas, know-how, créditos contra terceros y todo lo valorable en cantidad determinada. Nunca aportación de trabajo., DINERARIAS Son Entrega de dinero convenido ( art 62.1 LSC), APORTACIONES DE LOS SOCIOS Pueden ser NO DINERARIAS, Reguladas en el art 86 LSC y en el art 127 Reglamento del Regstro mercantil. Son de carácter potestativo, voluntarias y accesorias. Deben regularse en los estatutos. Pueden ser obligaciones de dar, hacer o no hacer. Pueden ser Gratuitas, S.A Informe experto Art 67 LSC. Obligatorio informe de experto nombrado por el Registro Mercantil. el informe deberá pagarlo la sociedad si ya está constituida, el aportante en caso contrario. El informe deberá acompañarse a la escritura de constitución (art 71LSC)., Cifra contable que figura en el balance, ha de coincidir con el valor de las aportaciones realizadas por los socios. coincidirá con el valor nominal de las acciones de la sociedad. Relacionado con APORTACIONES DE LOS SOCIOS, Excepciones del art 69 LSC para no aportar informe. Son -La cotización en Borsa. -Valoración de un experto hecha en un plazo máximo, anterior, de seis meses., S.A Informe experto Excepciones del art 69 LSC para no aportar informe.