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Este Cmap, tiene información relacionada con: RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1986 julian, RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo once, RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo primero, Artículo segundo Cada comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes. - De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes. - De 500 a 999 trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes. - De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes., RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo segundo, RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo diez, Artículo once LAS CUALES Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes, Artículo noveno EL empleador designará anualmente al presidente del comité de los representantes que él designa y el comité en pleno elegirá al secretario de entre la totalidad de sus miembro??, Artículo once LAS CUALES desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabaj, RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo sexto, Artículo doce SON FUNCIONES Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz, Artículo primero Todas las empresas e institucione públicas o privadas, que tengan a su servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución. ?, Artículo diez DONDE El comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional dentro de la empresa y no se ocupará por lo tanto de tramitar asuntos referentes a la relación contractual - laboral propiament, Artículo tercero toda Las empresas o establecimientos de trabajo que tengan a su servicio menos de diez trabajadores, deberán actuar en coordinación con los trabajadores para desarrollar bajo la responsabilidad del empleador el programa de salud ocupacional de la empresa, Artículo once LAS CUALES Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competen, RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo octavo, Artículo doce SON FUNCIONES Tramitar ante la administración de la de las recomendaciones aprobadas en el seno del Comité y darle a conocer todas sus actividades, Artículo doce SON FUNCIONES otificar por escrito a los miembros del Comité sobre convocatoria a las reuniones por lo menos una vez al mes, Artículo quinto. El empleado r nombrará directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre, RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo quinto., RESOLUCIÓN NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1983 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Artículo cuarto